- ¿Qué significa aceptar una herencia?
- ¿Qué es la aceptación de la herencia a beneficio de inventario?
- ¿Quién puede aceptar una herencia a beneficio de inventario?
- ¿Para qué sirve y cuándo interesa aceptar a beneficio de inventario?
- ¿Cómo se lleva a cabo la aceptación a beneficio de inventario?
- Especialidades en Galicia.
En este artículo hablaremos sobre la aceptación de herencia a beneficio de inventario en Galicia y sus particularidades, ya que es una figura que no muchas personas conocen.
La aceptación de herencia a beneficio de inventario en Galicia es una fórmula excepcional para proteger nuestro patrimonio cuando no sabemos si hay deudas en la herencia.
¿Qué significa aceptar una herencia?
Cuando una persona fallece y deja bienes, derechos y también deudas, se abre lo que se llama una sucesión, es decir, un proceso por el que esos bienes y deudas pasan a otras personas.
Quienes tienen derecho a recibir la herencia pueden, llegado el momento, aceptar o rechazar esa herencia.
La aceptación de una herencia es un acto voluntario y personal donde el heredero puede aceptar de dos formas: de manera pura y simple o a beneficio de inventario.
La aceptación de una herencia a beneficio de inventario es especialmente importante cuando puede haber dudas sobre si las deudas del fallecido superan al valor de lo que deja.
¿Qué es la aceptación de la herencia a beneficio de inventario?
Aceptar la herencia a beneficio de inventario significa que el heredero decide quedarse con los bienes del fallecido pero con la condición de que si existían deudas o cargas, sólo responderá de ellas hasta donde alcance el valor de esos bienes heredados.
Dicho de otro modo, el heredero nunca responderá con su propio patrimonio de las deudas del difunto. Su responsabilidad queda limitada a lo que reciba de la herencia.
Si la aceptación es «pura y simple», los herederos sí que responden con su propio dinero y bienes de esas deudas, lo que en circunstancias de grandes deudas puede ser arriesgado e incluso ruinoso.
Por tanto, aceptar a beneficio de inventario es una especie de seguro que proporciona la ley ante lo desconocido que puedan traer las herencias, especialmente si se sospecha que hay deudas importantes o no del todo conocidas.
¿Quién puede aceptar una herencia a beneficio de inventario?
Puede hacerlo cualquier persona con derecho a heredar.
Cuando hay varios herederos, cada uno puede optar de manera independiente entre aceptar pura y simplemente o a beneficio de inventario, o incluso renunciar a la herencia.
Además, incluso aunque el testador lo haya prohibido en el testamento, la ley permite a los herederos aceptar a beneficio de inventario.
En el caso de herencias que pasan al Estado, a las Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Fundaciones, la aceptación se entiende siempre realizada a beneficio de inventario sin que sea necesario hacer una declaración expresa.
¿Para qué sirve y cuándo interesa aceptar a beneficio de inventario?
La principal utilidad es evitar que los herederos tengan que responder con su propio patrimonio de las deudas heredadas.
Es recomendable aceptar una herencia a beneficio de inventario cuando se sabe o se sospecha que existen deudas importantes o cuando simplemente no se conoce al detalle la situación económica del fallecido.
Igualmente, si hay riesgo de que aparezcan deudas ocultas después o existe alguna obligación solidaria, resulta aún más aconsejable.
De esta forma, el heredero se asegura de que si aparecen deudas, sólo se atenderán hasta donde alcance el valor de los bienes recibidos de la herencia.
¿Cómo se lleva a cabo la aceptación a beneficio de inventario?
Designación de notario.
El procedimiento se desarrolla normalmente ante notario, directamente en la notaría.
Es el notario quien, a instancia del heredero interesado, y previa acreditación de su derecho a heredar, inicia el proceso para la formación del inventario de bienes y deudas.
Lo ideal es contratar a un abogado experto en herencias en Galicia que te realice todo el trámite. De esta forma te aseguras que dos profesionales te asesores y velen por tus intereses.
Plazos especiales y requisitos.
El heredero debe manifestar su voluntad de aceptar la herencia a beneficio de inventario y solicitar la formación del inventario.
Si aceptamos a beneficio de inventario tenemos que realizar un inventario de la herencia, citando a acreedores y legatarios para que puedan asistir si les interesa.
Formación del inventario.
El inventario consiste en relacionar, bajo fe notarial, todos los bienes, derechos, deudas y obligaciones del fallecido.
La notaría cita a los acreedores y legatarios para que puedan intervenir y garantizar así una máxima transparencia.
El inventario es público y accesible a quienes acrediten interés legítimo, siendo posible, incluso, solicitar la formación del inventario antes de decidir si se acepta o se repudia la herencia.
Decisión final.
Una vez formado el inventario, si el heredero se reservó el derecho de deliberar, dispone de treinta días desde la conclusión del inventario para aceptar o rechazar la herencia, y para decidir si lo hace a beneficio de inventario o no.
Efectos de la aceptación a beneficio de inventario.
Los efectos más importantes de aceptar con este beneficio son varios:
- Los bienes del heredero y los de la herencia quedan separados, es decir, no se mezclan hasta que no se hayan pagado a los acreedores de la herencia y los legatarios.
- El heredero sólo paga las deudas y legados de la herencia con el importe de lo que recibe. Si queda algo después, eso sí pasa a ser parte de su patrimonio personal.
- Los acreedores personales del heredero sólo pueden ir contra lo que finalmente obtenga cuando la herencia ya esté liquidada y no antes.
- El heredero tiene que ser honesto y no puede ocultar bienes ni actuar de mala fe; si lo hace, perdería el beneficio de inventario y respondería personalmente de todas las deudas.
- Todos los gastos propios del procedimiento de inventario y administración de la herencia se pagan con cargo a la propia herencia, no con el dinero personal del heredero salvo fraude o mala fe.
Especialidades en Galicia.
En Galicia existen características propias, sobre todo en el caso de herencias previstas a favor de la Administración Pública Gallega.
Si no hay herederos según la ley y el Código Civil, hereda la Comunidad Autónoma de Galicia, y en estos casos la herencia se entiende aceptada siempre a beneficio de inventario, sin que sea preciso manifestarlo expresamente.
Además, esos bienes se destinan a fines sociales o culturales preferentemente en la zona de la última residencia del fallecido.
Conclusión.
La aceptación de herencia a beneficio de inventario es una garantía legal para los herederos que les permite heredar sin miedo a deudas desconocidas.
Cada heredero lo puede solicitar de forma independiente y debe iniciar el trámite de manera formal.
En Galicia es de especial interés por la protección adicional cuando la herencia es deferida a la Comunidad Autónoma.
Es una herramienta esencial para heredar con seguridad y tranquilidad.
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