albacea administrador

El Albacea Administrador

El albacea administrador es una figura nombrada para la conservación y administración del caudal hereditario.

La administración de la herencia deberá hacerse respetando la voluntad del causante, en caso de que exista testamento, y en su defecto, las normas de Derecho Civil.

El albacea administrador no sólo conserva y administra el caudal hereditario, también representa a la herencia en todos aquellos procedimientos presentes y futuros en los que tenga la herencia que ser parte, siempre y cuando la herencia no haya sido aceptada y se encuentre yacente.

Cuando la herencia haya sido aceptada, el administrador sólo tendrá la representación de la herencia en lo que se refiere a la administración del caudal, su custodia y conservación.

¿Quién Puede Designar Al Albacea Administrador?

El administrador de la herencia puede ser nombrado por el causante o por los herederos de común acuerdo.

Si no existe acuerdo entre los herederos, ni ha sido nombrado por el causante, deberá ser un Juez quien nombre al administrador del caudal hereditario. Esta figura recibe el nombre de administrador judicial de la herencia.

Una vez nombrado, se fijará una caución o fianza que deberá prestar el administrador para responder de los bienes que se le entreguen.

El Juez podrá dispensar de la caución al cónyuge o heredero designado siempre y cuando tengan bienes suficientes para responder de los que se le entreguen.

Cabe destacar, que la persona designada por el causante debe aceptar el cargo, pues estamos ante un cargo completamente voluntario. Del mismo modo ocurre con el nombrado por los coherederos de común acuerdo.

En este sentido, es importante destacar que el causante puede designar a un contador-partidor o a un albacea. Os dejamos nuestro artículo sobre estas dos figuras aquí.

¿Qué Funciones Tiene El Albacea Administrador?

El administrador de la herencia tiene unas funciones muy determinadas: conservar y administrar el caudal hereditario.

El administrador tiene como finalidad principal conseguir que los bienes hereditarios generen rentas o productos, debiendo depositar en el Juzgado todo lo que recaude.

Pero también tiene limitaciones, pues no podrá gravar ni enajenar los bienes inventariados.

Esta figura deberá rendir cuentas al Tribunal que lo señalen dentro de un plazo de tiempo estipulado por el Juez. Además, cuando termine su función, deberá realizar una cuenta final que complementará a las anteriores.

¿Cobra Algún Honorario Por Su Trabajo?

La persona designada para conservar y administrar los bienes hereditarios tendrá unos honorarios por la labor realizada, siempre a cargo del caudal hereditario (artículo 791.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Además, todos los gastos que necesite para el correcto ejercicio de sus funciones también serán a cargo del caudal hereditario.

Los honorarios consisten en un porcentaje sobre los ingresos que se produzcan por la venta de los frutos, bienes y por otros conceptos.

¿Cómo Se Solicita La Intervención Judicial?

La intervención judicial en la herencia se solicita interponiendo el procedimiento de división judicial de la herencia.

Ese procedimiento puede ser llevado a cabo por las siguientes personas:

  • El cónyuge viudo o cualquier legitimario.
  • El coheredero o beneficiario que se encuentre en el testamento.
  • Los acreedores del causante, siempre y cuando se encuentren en el testamento.
  • La Administración Pública si el causante no tiene herederos conocidos.

Una vez reconocida la intervención judicial de la herencia, será el Juez quién determine las medidas a adoptar para conservar el caudal hereditario y la documentación del causante.

Posteriormente, las partes interesadas deberán realizar el inventario de la herencia, que consistirá en los bienes hereditarios y la documentación de especial importancia sobre la herencia.

Una vez nombrado, el Letrado de la Administración de Justicia le dará testimonio, en que conste su nombramiento y que se halla en posesión del cargo a fin de que pueda acreditar su representación.

En los casos en que existan bienes inmuebles en la herencia, el Letrado de la Administración de Justicia podrá expedir el correspondiente mandamiento para hacer constar en el Registro de la Propiedad el estado de administración de las fincas de la herencia y el nombramiento de administrador

¿Cómo Se Realiza El Inventario?

El inventario es el listado de bienes y deudas del fallecido. Para calcular el saldo del inventario debemos sumar los activos y restarle los pasivos de la herencia.

Para ello es necesario recopilar toda la documentación relativa a los bienes muebles e inmuebles que tuviere el fallecido y la relativa a las deudas.

Una vez realizada esta operación ya tendríamos el saldo final del inventario.

Para evitar problemas en el reparto de la herencia, siempre recomendamos la redacción de un testamento y partición de herencia. Os dejamos nuestro artículo sobre cómo hacer un testamento.

En Mosquera & Vicente Abogados somos expertos en Derecho Hereditario, pudiendo asesorarte acerca de cualquier cuestión relacionada con el abandono de un condominio mediante la acción de división de cosa común.

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