El Servicio Galego de Saude (SERGAS) de manera casi sistemática, deniega a sus trabajadores la mayor parte de las reclamaciones efectuadas por sus trabajadores. Si estás leyendo este artículo, posiblemente te interese lo que tenemos que contarte como especialistas en reclamaciones laborales del SERGAS.
Como todo servicio público, las reclamaciones laborales al SERGAS son muy habituales, sobre todo las salariales, despidos o las relacionadas con vacaciones.
Cuando se trata de empleo público, los funcionarios tienen derechos y garantías que deben ser respetados. En nuestro despacho de abogados especializado en funcionarios públicos, ofrecemos servicios de asesoramiento y representación para impugnar diferentes tipos de actos administrativos que puedan afectar tus derechos laborales.
En el ámbito del Servicio Gallego de Salud (SERGAS), el personal estatutario cuenta con un marco normativo específico que regula sus derechos y obligaciones laborales. Sin embargo, no son infrecuentes las situaciones en las que surgen discrepancias o vulneraciones de derechos en cuestiones tan relevantes como las vacaciones, el reconocimiento de la jornada laboral, la reclamación de horas complementarias, el impago de los complementos de exclusividad, la realización de funciones de categoría superior – aún sin el correspondiente nombramiento – que no son debidamente abonados por el SERGAS, y así hasta un sinfín de situaciones a los que se enfrentan el personal del SERGAS.
En este artículo, desde MOSQUERA&VICENTE ABOGADOS, analizamos las principales reclamaciones que se efectúan frente al SERGAS en defensa de los intereses del personal estatutario.
¿Cuáles son las principales reclamaciones que se hacen frente al Sergas?
Son varias las reclamaciones laborales más habituales que se realizan frente al SERGAS:
Vacaciones del Personal Estatutario
El derecho a las vacaciones anuales retribuidas está reconocido en el artículo 53 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003, de 16 de diciembre), así como en la normativa autonómica y los acuerdos internos del SERGAS. El personal estatutario tiene derecho, con carácter general, a disfrutar de un periodo mínimo de 30 días naturales de vacaciones anuales, o la parte proporcional correspondiente si el tiempo de servicios es inferior al año.
Sin embargo, una vez solicitadas las vacaciones, por parte de la Administración se nos deniegan por una disparidad de motivos, tales como:
- Denegación injustificada de las fechas solicitadas.
- No disfrute de las vacaciones por necesidades del servicio sin compensación adecuada.
- No reconocimiento del derecho a disfrutar las vacaciones tras una incapacidad temporal.
- Computo en horas de jornada ordinaria en vez de en días naturales
- etc…
Reclamación de Horas Complementarias
Las horas complementarias, también conocidas como horas extraordinarias, deben ser reconocidas y retribuidas conforme a la normativa aplicable.
El artículo 48 de la Ley 55/2003 establece que la realización de horas complementarias debe ser excepcional y debidamente justificada.
Reclamación de Categoría y Grado Profesional
El personal del SERGAS en ocasiones, ante la jubilación, baja IT o cualquier otra situación, realiza funciones de superior categoría, eso sí, sin que por parte de la Administración se abone el correspondiente plus en nómina. Por lo tanto, si tu categoría no se corresponde con las funciones que realmente desempeñas o no te reconocen la consolidación de grado que efectivamente te corresponde, lo recurrimos junto con las diferencias salariales correspondientes.
¿Por qué elegirnos?
En Mosquera & Vicente Abogados somos especialistas en reclamaciones laborales del SERGAS en su parte de función pública, rama del Derecho Administrativo que regula derechos, deberes y obligaciones de las personas que prestan sus servicios para el SERGAS.
Además contamos con:
- Experiencia y conocimiento: Contamos con un equipo de abogados especializados en derecho laboral y sanitario, con una amplia trayectoria en la defensa de los derechos del personal estatutario del SERGAS.
- Atención personalizada: Nos tomamos el tiempo para entender tu situación específica y ofrecerte soluciones a medida que se adapten a tus necesidades y circunstancias.
- Compromiso y dedicación: Trabajamos de manera incansable para asegurarnos de que recibas la compensación y el reconocimiento que mereces.
¿Cómo puedes contactarnos?
Si eres personal estatutario del SERGAS y necesitas asesoramiento o deseas iniciar una reclamación en reclamaciones laborales frente al SERGAS, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por medio de nuestro formulario web, concertando una cita en el número de teléfono 981.922.109 o por correo electrónico a info@abogadosmv.es, para más información.
En nuestro despacho de abogados, estamos comprometidos con la defensa de tus derechos laborales y con la mejora de tus condiciones de trabajo. ¡No dejes pasar la oportunidad de reclamar lo que te corresponde! Confía en nosotros para obtener el respaldo y la representación legal que necesitas.