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¿Has sufrido un accidente laboral en A Coruña y no sabes cómo actuar? En este artículo te explicaremos cómo reclamar un accidente laboral en A Coruña.
¿Qué se considera accidente de trabajo?
El artículo 156 de la Ley de la Seguridad Social define el accidente de trabajo como aquella lesión corporal (un traumatismo, una herida, una quemadura, una enfermedad) que sufre un trabajador como consecuencia del trabajo que desempeña por cuenta ajena.
No solo es accidente laboral el que te ocurre mientras estás trabajando en tu lugar o centro de trabajo.
También tienen esta consideración los siguientes:
- El que sufres en el desplazamiento de tu domicilio al trabajo y viceversa (accidente in itinere).
- Los que se producen cuando realices tareas cumpliendo las órdenes de tu empresario o en interés de la empresa.
- Las enfermedades que hayas podido contraer como consecuencia del desempeño de tu actividad profesional.
Además, también se consideran accidente de trabajo las enfermedades y patologías que tengas antes del accidente laboral pero que se te agravan o complican por los daños sufridos en el accidente laboral.
Por el contrario, NO se consideran accidentes de trabajo:
- Los que se deban a fuerza mayor extraña al propio trabajo.
- Los que se produzcan por tu conducta dolosa, es decir, cuando has actuado de forma intencionada.
- Los ocurridos por tu propia imprudencia, por no haber cumplido las órdenes de la empresa o las normas sobre seguridad e higiene en el trabajo.
El accidente de trabajo ocurrido por falta de medidas de higiene y seguridad
Uno de los accidentes laborales más difíciles de reclamar es aquel en el que existe una responsabilidad directa de la empresa o del empresario. Esto ocurre cuando no se han adoptado las medidas de seguridad necesarias, poniendo en riesgo la integridad física de los trabajadores.
Ejemplos frecuentes incluyen caídas desde alturas por no contar con un arnés de sujeción, o lesiones causadas por no utilizar el equipo de protección adecuado, como guantes o botas.
La complejidad de estos casos radica en que pueden implicar distintos tipos de responsabilidad. A veces es necesario acudir a varios ámbitos jurisdiccionales: penal, en caso de delito contra la seguridad de los trabajadores, y civil, si corresponde una indemnización.
En este tipo de situaciones es fundamental contar con asistencia legal especializada. Solo así es posible tramitar adecuadamente todas las reclamaciones y conocer a fondo la normativa aplicable.
¿Cómo reclamar la indemnización en un accidente laboral ocurrido en A Coruña?
Cualquier persona trabajadora afectada por un accidente laboral mientras en el desempeño de su actividad profesional podría recibir, además de la prestación que corresponda por su incapacidad temporal, varias indemnizaciones.
Cuando sufres un accidente de trabajo debes acudir a la Mutua Laboral que te corresponde, que es la entidad que se ocupa tanto de seguir tu evolución médica como de prestarte el tratamiento que requieran tus lesiones.
La empresa tiene que facilitarte obligatoriamente la asistencia médica que te haga falta, incluyendo hospitalización, cirugías, medicamentos o rehabilitación.
Ante un accidente laboral la Mutua puede actuar de dos formas, en función de su gravedad:
Si el accidente de trabajo lleva aparejada lesiones graves o muy graves tu Mutua Laboral tiene que informar del accidente a la Inspección de Trabajo que acudirá al lugar donde se ha producido en un plazo máximo de 24 horas.
Sin embargo, las mutuas no siempre informan a inspección de trabajo de que se ha producido este tipo de siniestros, por lo que nos veremos obligados a presentar la correspondiente denuncia ante inspección de trabajo.
Por otro lado, si considera que el accidente de trabajo no es grave no habrá inspección de oficio, pero tú puedes poner una denuncia ante la Inspección de Trabajo.
Como abogados laboristas te recomendamos poner la denuncia porque es una forma de garantizar tus derechos, indicando lo ocurrido, dónde se produjo, y cuándo. Esta denuncia deberá de ser pormenorizada, por ello siempre recomendamos que sea redactada y presentada por un abogado laboralista.
Es importante tener en cuenta que el derecho a reclamar una indemnización no se da en todos los accidentes laborales, depende de cada caso particular que debe estudiarse a fondo.
Por eso es necesario que te asesores legalmente lo antes posible, tanto por los plazos como por saber cómo tienes que actuar y qué puedes reclamar.
¿Qué plazos para reclamar un accidente laboral en A Coruña?
Los plazos para reclamar por un accidente laboral pueden resultar complejos, ya que dependen de la jurisdicción competente. No es lo mismo presentar una reclamación por la vía laboral que por la vía penal, por ejemplo.
Si se reclama por la vía laboral, la competencia corresponde a los Juzgados de lo Social. En este caso, el plazo para reclamar es de un año, según establece el artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Una de las dudas más frecuentes es desde cuándo empieza a contar ese plazo. ¿Desde la fecha del accidente o desde que las lesiones se estabilizan?
La jurisprudencia mayoritaria entiende que el plazo debe contarse desde el momento en que las lesiones se han estabilizado. No obstante, es fundamental analizar cada caso de forma individual, ya que pueden existir circunstancias que modifiquen ese criterio.
Si reclamamos por la vía penal, los plazos dependen del tipo de delito cometido.
Por ejemplo, si interpones una reclamación por un delito contra los derechos de los trabajadores regulado en el artículo 316 del Código Penal, dispones de 5 años de plazo para reclamar.
Reclamar indemnización por accidente laboral: las indemnizaciones más habituales.
Cada accidente laboral es diferente, y puede dar derecho a percibir una o varias indemnizaciones, según cada caso concreto.
Las más habituales que se pueden pedir son:
– Indemnización derivada de la responsabilidad civil de la empresa o del empresario, que se reclama a su aseguradora.
Para calcular esta compensación económica se utiliza por analogía el llamado Baremo de Tráfico, que es la normativa aplicable a los accidentes de circulación.
– Indemnización en caso de fallecimiento, incapacidad permanente o incapacidad temporal del trabajador.
La compensación económica varía en estos casos dependiendo del tipo de accidente laboral y de las lesiones o daños sufridos (muy graves, graves, fallecimiento…)
– Indemnización por el seguro de Convenio, que muchas veces no se reclama por desconocimiento.
Casi todos los Convenios Colectivos incluyen como obligación del empresario contratar un seguro de accidentes para los trabajadores, en especial cuando desempeñan trabajos con mayor peligrosidad o más riesgos.
Esta indemnización es adicional a las que te puedan corresponder por incapacidad o en caso de fallecimiento.
– Indemnización por recargo de prestaciones, un plus que corresponde pagar al empresario que oscila entre el 30 y el 50% adicional sobre la prestación que te corresponda.
El requisito para percibirla es que el accidente laboral o la enfermedad profesional que da lugar a percibir esa prestación se produzca por haber incumplido el empresario las medidas de prevención de riesgos laborales.
En Mosquera & Vicente somos abogados expertos en Derecho Laboral. Llevamos años asesorando y defendiendo los derechos de los trabajadores por toda España. Estaremos encantados de asesorarte en cualquier actuación de Derecho Laboral.
Guillermo Mosquera Vicente.
Socio fundador de Mosquera & Vicente abogados.