causas para desheredar a un hijo

¿Cuáles son las razones para desheredar a un hijo o familiar?

En este artículo hablaremos sobre cuáles son las causas para desheredar a un hijo o familiar, según nuestro Código Civil.

En primer lugar, tenemos que hablar sobre la desheredación.

La desheredación supone retirar el derecho a la legítima a una persona que, por ley, tiene derecho a percibirla. ¿Y quién tiene derecho a percibir la legítima? Los herederos forzosos según el artículo 807 del Código Civil, que dice lo siguiente:

Son herederos forzosos:

1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

Es importante revisar los códigos civiles autonómicos en el caso de Cataluña, Galicia y País Vasco, pues estos herederos forzosos pueden sufrir alguna variación en alguna de las anteriores comunidades.

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¿Cuáles son las causas para desheredar a un hijo o descendiente?

Estas causas están reguladas en el artículo 853 del Código Civil, y son las siguientes:

  1. Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  2. Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Es decir, las causas para desheredar a un descendiente son: que éste no cuidase del ascendiente (de su padre, abuelo, etc.), o que el descendiente hubiese maltratado físicamente al ascendiente o lo hubiese injuriado de palabra.

Si queremos desheredar a un descendiente, podemos hacerlo sin probárselo al Notario que acudamos, pero debemos guardar las pruebas pertinentes para que, una vez fallezcamos, los desheredados no puedan impugnar la validez del testamento.

¿Cuáles son las causas para desheredar a un ascendiente?

Las causas son las siguientes:

  1. Haber perdido la patria potestad por las causas expresadas en el artículo 170.
  2. Haber negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  3. Haber atentado uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.

En definitiva:

Si un padre o madre pierde la patria potestad de su hijo por sentencia firme, el hijo podrá desheredar a su padre o madre, siempre y cuando éste no vuelva a recuperar la patria potestad.

Si un ascendiente no cuidase de su descendiente, éste también podrá desheredar a su ascendiente.

Por último, si algún padre agrediese a su hijo, éste podrá desheredarlo siempre y cuando no se reconcilien. En este sentido, es muy importante tener una sentencia firme de condena al ascendiente por estos hechos, de forma que se pueda probar el motivo de la desheredación.

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¿Cuáles son las causas para desheredar a mi cónyuge?

Las causas para desheredar a un cónyuge son las siguientes:

  1. Haber incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  2. Las que dan lugar a la pérdida de la patria potestad, conforme el artículo 170 del Código Civil.
  3. Haber negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  4. Haber atentado contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación.

Respecto del primer punto, los deberes conyugales según el Código Civil son los siguientes: a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente.

Si alguno de los cónyuges incumpliere de forma reiterada esos deberes conyugales, y existe la posibilidad de demostrarlo a futuro, podremos desheredar a nuestro cónyuge con la confianza de que en el futuro no se anulará nuestro testamento.

En cuanto al segundo punto, de igual forma que sucede con la patria potestad, se puede desheredar al cónyuge por aquellas causas por las que se perdería la patria potestad de un hijo.

También puede desheredarse a un cónyuge si éste no cuida de su otro cónyuge, y por haber maltratado física o verbalmente al otro cónyuge.

Si en nuestro testamento desheredamos a algún heredero forzoso, tenemos que tener muy en cuenta que la causa de desheredación debe ser probada en el futuro por nuestros herederos.

Recordemos que el desheredado puede emprender acciones legales para impugnar la causa de desheredación, solicitando la nulidad del testamento por entender que no ha incurrido en ninguna causa de desheredación, por lo que en ese momento los herederos tendrán que probar que sí ha existido dicha causa.

En este sentido, ya hicimos un artículo sobre Impugnar el testamento por desheredación en nuestro Blog.

Si deseas desheredar a un padre, madre, hijo, nieto, abuelo o cónyuge, lo esencial es ponerte en manos de un abogado experto en herencias que pueda asesorarte sobre cómo realizar el testamento para que tus herederos no tengan problemas futuros sobre esa desheredación.

En Mosquera & Vicente Abogados somos expertos en Derecho Hereditario; pudiendo asesorarte en todos los procedimientos derivados del Derecho Hereditario.

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